España reconoce los años de ministerio de los pastores evangélicos anteriores a 1999, pero les cobra el aporte
El Real Decreto 737/2026, del 23 de septiembre, reconoce como cotizados a la seguridad social los años de ministerio que los pastores de las iglesias de FEREDE ejercieron antes de 1999, cuando todavía no podían integrarse al régimen general, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2015. El problema está en la letra chica: son los beneficiarios quienes deben pagar ese «capital coste»; los pastores pueden fraccionarlo y descontarlo de su pensión, pero las viudas deben abonarlo de una sola vez en el plazo de un mes. FEREDE lo considera un avance insuficiente, pide «que el Estado asuma el capital coste correspondiente a los períodos en los que los afectados no pudieron cotizar por impedimento legal» y no descarta acudir a la vía judicial si no hay acuerdo.